marzo 13, 2013

Prohibido Olvidar: decreto CARMONA


El Decreto Carmona fue un acta con la que se pretendió constituir el nuevo Gobierno su nombre oficial fue Acta de constitución del Gobierno de Transición Democrática y Unidad Nacional fue firmada por alrededor de 400 personas presentes en el Palacio de Miraflores el 12 de abril de 2002.


Artículo 1°: Nombra presidente a Pedro Carmona Estanga, quien para ese entonces era líder de la Patronal Fedecámaras y lo faculta para redactar nuevos decretos que aseguraran la consolidación del gobierno de facto.

Artículo 2°: se Cambia el nombre del país a República de Venezuela eliminándose la denominación "Bolivariana".

Artículo 3°: se disuelve el Poder Legislativo y se destituyen a todos los diputados de la Asamblea Nacional, el parlamento permanecería cerrado hasta la convocatoria de nuevas elecciones antes de diciembre de 2002, el nuevo parlamento tendría poderes para modificar la constitución de 1999.

Artículo 4: se crea un Consejo Consultivo del Presidente de 35 miembros principales con sus suplentes, los principales podían ejercer a la vez cargos nacionales, estadales o municipales.

Artículo 5°: Establece que el presidente coordinara su políticas con los poderes regionales y municipales.

Artículo 6°: Establece que se debe convocar a elecciones generales antes de 1 año para constituir un nuevo gobierno.

Artículo 7°: Le otorga al presidente de la República poderes para remover y nombrar a los miembros de todos los poderes públicos venezolanos Ejecutivo, Legislativo, Judicial, Electoral y Moral (Fiscalía, Defensoría y Contraloría) a nivel nacional, estadal y municipal. Además le da el derecho de nombrar a los representantes del país en los parlamentos andinos y latinoamericano.

Artículo 8°: Destituye a los miembros principales del Tribunal Supremo de Justicia, Fiscalía General de la República, Contraloría General de la República, Defensoría del Pueblo, Consejo Nacional Electoral, le otorga al presidente el poder para nombrar a los nuevos integrantes de todas esas instituciones.

Artículo 9°: Se derogan 48 decretos-Leyes hechos en base a la Ley Habilitante que aprobó la Asamblea Nacional en 2000, una comisión nombrada por el nuevo gobierno revisaría las nuevas leyes.

Artículo 10°: establece que todo el ordenamiento jurídico (constitución, leyes, decretos, ect) se mantiene vigente siempre y cuando no contradiga o choque con el decreto de constitución del gobierno u otras normas legales dictadas por el nuevo gobierno.

Artículo 11°:Establece que el Gobierno de facto entregara el poder a nuevas autoridades electas en el futuro de acuerdo a lo establecido en el decreto y en otras disposiciones que se tomen.

Leído el decreto se invita a una serie de ciudadanos presentes representantes de diversos sectores opositores a Chávez, a firmar el decreto, y una vez firmado se produce el acto de Juramentación de Carmona, este jura ante los presentes en el Palacio de Miraflores, y no ante la Asamblea Nacional, debido a que el Parlamento y demás poderes públicos fueron disueltos de acuerdo al mismo decreto.

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